La Municipalidad decomisó más de 300 Kg de miel, cuyo origen era desconocido y sin la documentación correspondiente

Mediante un procedimiento rutinario de control de vehículos realizado por la Policía de Entre Ríos, en el puesto caminero del cruce de Rutas Nacional 14 y Provincial 16 se procedió a detener un vehículo que intentaba ingresar a la ciudad con mercadería de dudosa procedencia.

El Personal Policial que llevaba adelante el operativo correspondiente, en el momento en que detienen la marcha de un vehículo tipo utilitario, lograron observar la presencia de sustancias alimenticias con algunas anormalidades, solicitando la colaboración al Área de Bromatología de la Subdirección de Inspección General, a los fines de esclarecer la situación irregular.

Una vez que concurrió el Personal Técnico del Área, procedió a realizar la inspección correspondiente, donde se encontró con que el transportista, en primer instancia, no poseía habilitación vehicular para transportar sustancias alimenticias, además de que carecía de documentación respaldatoria de la mercadería, y que los envases transportados no poseían el rotulo identificatorio correspondiente.

Por tal motivo, se decomisaron 200 botellas envasadas conteniendo un peso total de 320 Kg. Las mismas, se llevaron al predio de disposición final del Ecoparque, para su destrucción total, en presencia del infractor y del personal policial actuante.             

Recordemos que en un operativo de control de sustancias se solicita lo siguiente:

  • Inspección Técnico Sanitaria de mercadería o productos alimenticios. Esto implica control de origen, que debe provenir de un establecimiento habilitado, vencimientos, requisitos bromatológicos como: temperatura, estado del transporte, rotulación adecuada, etc.
  • Inspección sanitaria de vehículos que transportan dicha mercadería.
  • Inspección Técnica de todo tipo de mercadería con su documentación respaldatoria obligatoria.

Cabe recordar que la Ley Nº 18.284 conocida como Código Alimentario Argentino (CAA) sancionada el 18 de Julio de 1969, y cuyo decreto reglamentario es el Nº 2126 del 30 de Junio de 1971; y que a su vez, nuestro País es parte del MER.CO.SUR (Mercado Común del Sur), donde se han generado distintas normativas comunes entre los países miembros, en este caso sobre legislación alimentaria específica.

Nuestra Municipalidad, adhirió al C.A.A. a través de la ordenanza Nº 8001 del año 1985. En ese contexto, todo establecimiento que este comprendido dentro de esta legislación alimentaría, debe ajustarse al cumplimiento de la misma.

Al respecto Matías Benitez, Subdirector de Inspección General agrego que: "El C.A.A. en el capítulo II Art. 154 bis, establece las condiciones que deben cumplir los vehículos para poder transportar alimentos y sustancias alimenticias, y en el capítulo V, están las normas para la rotulación de los alimentos."

Para mayor información, los interesados podrán comunicarse al teléfono 42-3399, o bien dirigirse a la Subdirección de Inspección General, que funciona en calle España Nº 423.

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